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El protocolo en los libros de estilo de los medios de comunicación españoles

Análisis de contenido comparado de los libros de estilo de El País, ABC, El Mundo, TVE, Agencia EFE, Radio Televisión de Madrid, entre otros.

Análisis de contenido comparado de los libros de estilo de El País, ABC, El Mundo, TVE, Agencia EFE, Radio Televisión de Madrid, El periódico de Catalunya, Grupo Vocento y La Voz de Galicia

Dr. Julio César Herrero

Profesor colaborador Universidad San Pablo- CEU

La información que los nueve libros de estilo analizados en este artículo ofrecen sobre el protocolo y las disciplinas auxiliares es errónea, imprecisa y a menudo escasa. Estos manuales evidencian notables vacíos en aspectos jurídicos, el uso de los ‘tratamientos’, la estructura básica de las visitas de Jefes de Estado y de Gobierno a nuestro país o el orden que deben seguir las autoridades en un acto oficial celebrado en una comunidad. Por ello, resulta indispensable la unificación de criterios para ofrecer a la audiencia una información veraz y creíble.

En este artículo se evidencian algunas de las claves que permiten entender por qué las informaciones referidas al protocolo (y disciplinas auxiliares) reciben un tratamiento no siempre del todo acertado. Para ello se ha realizado un análisis del contenido relacionado con el protocolo de los libros de estilo de El País, ABC, El Mundo, Televisión Española, Agencia EFE, Radio Televisión de Madrid, El Periódico de Catalunya, el Grupo Vocento y La Voz de Galicia. Creemos que se trata de una comparativa suficientemente esclarecedora que ayudará a entender de qué manera conciben el protocolo los medios de comunicación, cuáles son las carencias más importantes y las posibles vías de solución.

El Real Decreto sobre precedencias del Estado 2099/83(1) , los ‘tratamientos’, la estructura básica de las visitas de Jefes de Estado y de Gobierno a nuestro país también encuentran un hueco en estos libros de urgencia para indicar, por ejemplo, si es conveniente anteponer el cargo de un Grande de España a su nombre de pila, si los tratamientos se escriben con mayúscula o minúscula, qué orden deben seguir las autoridades en un acto oficial celebrado en una comunidad o quiénes deben recibir en el aeropuerto a un jefe de Estado y a uno de Gobierno. Sin embargo, estas anotaciones son recogidas de forma muy desigual por los libros de estilo analizados. La información que ofrecen a sus profesionales es errónea, imprecisa y a menudo escasa.

Conceptos previos

“En los actos oficiales casi siempre son más noticia las ausencias que las asistencias, salvo las no previstas, y mas la alteración que el cumplimiento de protocolo.”(2) Así comienza el apartado que el Libro de Estilo del diario El País dedica al protocolo. Todos los textos estudiados dan por sentado que el periodista conoce el significado del término ‘protocolo’ así como las funciones que realiza quien se encarga de esta tarea en una institución o una empresa. Sin embargo, es habitual leer en los medios escritos y oír en los audiovisuales que tal o cual autoridad se ‘saltó el protocolo’, porque, en el transcurso de una visita a pie por las calles de una ciudad se acercó a la gente que le saludaba, hizo una declaración ‘inesperada’ o abrazó a su invitado en vez de darle la mano. Y, aunque en general los profesionales de la información aciertan en sus apreciaciones, se incurre en lamentables incorrecciones que no son poco frecuentes.

A menudo, estas afirmaciones se realizan para conferir a la información mayor dinamismo, para hacerla más atractiva a la audiencia, para dar una nota de colorido que atraiga con más facilidad. Pero también porque un error o la “alteración” del protocolo constituyen de por sí un elemento de noticiabilidad que hace que el periodista resalte ese hecho por encima de otros (3). Sin embargo, para poder asegurar con certeza que una persona ‘se salta’ o no el protocolo es preciso conocer con detalle el programa de la ceremonia – al que en muy pocas ocasiones los periodistas tienen acceso en su totalidad – ya que, muchas veces, esos gestos que parecen improvisados han sido previstos e incluso han podido ser cuidadosamente estudiados.

Pero, a pesar que bajo el concepto de ‘protocolo’ los libros de estilo recogen todas aquellas referencias relacionadas con los tratamientos, las precedencias o la estructura de los viajes de Estado, los periodistas no han llegado a deducir de estas ideas la propia de ‘protocolo’. Para los profesionales de los medios, el protocolo puede ser estricto o flexible, distante o próximo, sin apreciar que, el protocolo – entendido como técnica de organización de actos – no es ni rígido ni flexible, sino que se pone a disposición de la filosofía del acto que marca la mayor o menor frialdad de la ejecución o el carácter más o menos próximo de los elementos que lo componen.

Real Decreto 2099/83

De los nueve libros de estilo analizados, solo cuatro (ABC, Telemadrid, El País, y TVE) hacen referencia al Real Decreto 2099/83 aunque de forma imprecisa, no desarrollada y, en los cuatro casos, incorrecta. Los libros del diario ABC y Telemadrid son los únicos que incluyen la ordenación completa de cada una de las autoridades, así como de las corporaciones e instituciones que recoge el Real Decreto, tanto para los actos que tienen lugar en Madrid como en el territorio de una comunidad autónoma.

El manual de El País no incluye la ordenación de las autoridades en los actos que tiene lugar en una comunidad autónoma (art.12); y de los actos que se celebran en Madrid (art. 10) solamente recoge la de las catorce primeras, aunque es el único que aclara que la colocación de los presidentes de los Consejos de Gobierno de las comunidades autónomas se hará “según la antigüedad de la publicación oficial de los correspondientes estatutos de autonomía y, en caso de coincidencia en esta fecha, por la antigüedad en el nombramiento oficial para el cargo”(4) . No explica, en cambio, como tampoco lo hacen los libros de ABC, TVE ni el de Telemadrid, cómo se disponen los rectores cuando hay más de una universidad o cuál es la precedencia de las Reales Academias – que componen el Instituto de España -.

Conviene anotar – porque evidencia de alguna manera la importancia que el diario El País otorga a las informaciones con contenido protocolario – que en anteriores ediciones del Libro de Estilo (por ejemplo, en la 13ª de 1996) se incluían datos relativos a la relación de los ministerios, la disposición de las autoridades en los actos realizados en Madrid, en otras comunidades autónomas, e incluso el dispositivo y la estructura básica en la visita de un Jefe de Estado a nuestro país. Curiosamente, en las ediciones más recientes se han suprimido todos estos contenidos y se ha dejado constancia exclusivamente de la ordenación de las primeras autoridades recogidas en el Real Decreto.

El libro de estilo de TVE, finalmente, detalla el ordenamiento de las autoridades distinguiendo si el acto se celebra en Madrid o en otra comunidad, pero sólo lo hace con las primeras veintiuna en el caso del artículo 10 – son 41- y con las primeras 24 del artículo 12 – son 48 -. Respecto a la ordenación de las Corporaciones e Instituciones para los actos que se celebran en Madrid y para los que tienen lugar en otra comunidad detalla la lista completa, pero tanto en uno como en el otro caso, se olvida de la presidencia de Gobierno. Es decir, tras el Tribunal de Cuentas, en los actos celebrados en Madrid, y tras el Ayuntamiento de la localidad – para los actos en el territorio propio de una comunidad – sitúa a los Ministerios, en vez de a la Presidencia de Gobierno (5). Además, este texto finaliza la relación de las instituciones representadas en los actos que se celebran en el territorio de una comunidad con el Instituto de España y las Reales Academias (6), y pasa por alto el Gobierno Civil de la provincia, la diputación provincial, Mancomunidad o Cabildo insular, la Audiencia Provincial, el Claustro universitario y las representaciones consulares extranjeras, que sí se anotan en los manuales de ABC y Telemadrid.

Solamente los manuales de TVE y de Telemadrid hacen referencia a los actos oficiales “de carácter general”, si bien en el caso del ente público estatal solo hace esta matización cuando se refiere a la ordenación de corporaciones e instituciones7 mientras que la televisión de la comunidad de Madrid la recoge tanto para la ordenación de autoridades como para la referida a corporaciones e instituciones (8).

Sin embargo, ninguno de los cuatro libros de estilo ha seguido la evolución del Real Decreto y, en las ediciones utilizadas para este análisis –cuando ya se habían producido dos cambios, uno de ellos de gran importancia – aún no habían recogido el resultado de esas modificaciones:

  1. los libros de estilo de ABC, Telemadrid y TVE recogen aún en el puesto 37 la figura del Jefe de Protocolo del Estado (El País también lo incluía en anteriores ediciones). Esta figura dejó de existir en el año 1996, con el Real Decreto 838/1996 de 10 de mayo, en el que se explica: “se suprime el cargo de Jefe de Protocolo del Estado y sus competencias pasarán al Jefe de Protocolo de la Presidencia del Gobierno”.
  2. Televisión Española, la televisión de la Comunidad de Madrid, ABC y El País parecen desconocer que el Tribunal Constitucional resolvió que, para los actos oficiales en el territorio propio de una Comunidad Autónoma, los vicepresidentes del Gobierno se sitúan tras el presidente del Consejo de Gobierno de esa comunidad y no delante, como inicialmente establecía la ley y de forma errónea incluyen estos textos. Solamente el Libro de Estilo de El País aclara entre paréntesis: “en el caso de celebrarse el acto en el territorio de una comunidad autónoma, por delante de ellos va el presidente de esa comunidad” (9). Esta aclaración sería válida si en vez de tratarse de los ministros del Gobierno – como ocurre en este manual – se hubiera referido a los vicepresidentes del Gobierno. El redactor del manual conocía que, según donde se organizara el acto había un puesto que alteraba su colocación, pero ese puesto no es el que ocupan los ministros sino los vicepresidentes.

Los textos de TVE, Telemadrid y ABC incluyen también la prelación de los ministerios, si bien en las ediciones manejadas aún no recogían el cambio en las precedencias y en la denominación de algunos ministerios que introdujo el Gobierno del Partido Popular mediante el Real Decreto 758/96 de 5 de mayo ni, obviamente, la creación del nuevo ministerio y su situación protocolaria a raíz de las elecciones generales de 2000, y que se recoge en el Real Decreto 101/2000 de 27 de abril de 2000.

Viajes Oficiales y Visitas de Jefes de Estado y de Gobierno

Una de las informaciones que solamente ofrece el libro de estilo de TVE, y el de El País en ediciones anteriores, es la referida al protocolo que se sigue en las visitas oficiales de los jefes de Estado y de Gobierno extranjeros a nuestro país. En los dos casos, la información que ofrecía a sus periodistas el diario El País era más completa que la facilitada por el manual de TVE al concretar detalles muy significativos y relacionar todas las autoridades convocadas en los diferentes momentos: Televisión Española se conforma con hacer una selección de autoridades, igual que hacía con el Real Decreto.

Respecto a la visita de Jefes de Estado a nuestro país, el manual de estilo de TVE indicaba que el jefe de Estado –y “su esposa (si es que le acompaña en el viaje)”, puntualizaba El País (10)– serán recibidos en el aeropuerto por el embajador de su país en España, “el Jefe de Protocolo del Estado” (11), el Jefe de la Casa del Rey, el Teniente General Jefe de la Primera Región Aérea y el Director del aeropuerto. El libro de Estilo de El País matizaba esta información con un dato protocolario importante al señalar que los dos primeros cargos “suben al avión a presentarles sus respetos” al Jefe de Estado, mientras que los otros tres permanecen “al pie de la escalerilla” (12).

En este punto, es necesario hacer dos aclaraciones:

  1. los dos libros olvidan que el Ministro de Asuntos Exteriores también asiste a recibir al Jefe del Estado visitante y que permanece al pie de las escalerillas. Su asistencia no es condicionada a que los Reyes acudan o no a recibir al mandatario extranjero al aeropuerto, como explicaba el libro de El País (13).
  2. los dos textos señalan la presencia del ‘Jefe de Protocolo del Estado’ – igual que el resto de manuales que publican el Real Decreto 2099/83 -. Sin embargo, no es tampoco el Jefe de Protocolo de Presidencia de Gobierno – quien asume las competencias del antiguo Jefe de Protocolo del Estado – quien recibe al Jefe del Estado sino el Director General de Protocolo, Cancillería y Ordenes, que depende del Ministerio de Asuntos Exteriores.

Ambos textos indican que, una vez ha llegado el jefe de Estado extranjero al palacio de El Pardo, “suelen ser” saludados por Sus Majestades, a quienes acompañan el Jefe del Estado Mayor de la Defensa y el Jefe del Cuarto Militar. Entre las autoridades que son convocadas a esta ceremonia, el manual de TVE señala las ocho primeras – hasta el Jefe del Estado Mayor del Ejército (14)– mientras que el de El País incluía también al Delegado del Gobierno en la Comunidad de Madrid, al Director General de Política Exterior del Ministerio de Asuntos Exteriores a cuya zona corresponda el país del visitante y, finalmente, al gerente del Patrimonio Nacional (15).

Los dos libros suprimen parte de los movimientos que se producen desde que el Jefe de Estado llega a las inmediaciones del palacio de El Pardo hasta que es saludado por los Reyes. Otro aspecto importante es que ambos Libros de Estilo recogen que entre las autoridades convocadas al acto de bienvenida se encuentran el secretario de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica y el secretario de Estado para las Comunidades Europeas. Protocolariamente, solo es invitado el secretario de Estado del área a cuyo país pertenezca el Jefe de Estado visitante.

A continuación, se enumeran las autoridades que acompañan a Sus Majestades cuando acuden al aeropuerto a recibir o a despedir a un jefe de Estado. Una vez más, el libro de Televisión Española señala sólo las primeras siete autoridades y se olvida del subsecretario de Asuntos Exteriores – como recoge El País – “si es que no está presente el titular del Ministerio” (16). Además, en este caso, el Ministro de Asuntos Exteriores habría sido sustituido por otro ministro, como también puntualiza el diario nacional.

Los dos concluyen que, en las visitas oficiales de jefes de Gobierno a nuestro país, el embajador de su país en España y “el jefe de Protocolo del Estado” serán los encargados de recibirle. El diario de información general matizaba que la visita se inicia “oficialmente” con la rendición de honores militares en el interior del palacio de la Moncloa (17). Ninguno de los textos especifican que, tanto para la recepción como para la despedida, además del embajador en España del país del Jefe de Gobierno visitante también acude el embajador de España en ese país. Igual que en el caso de la visita de un Jefe de Estado, no recibe ni despide el Jefe de Protocolo del Estado sino el Director General de Protocolo, Cancillería y Órdenes del Ministerio de Asuntos Exteriores.

Tratamientos

Al margen de olvidos, ausencias y errores en la interpretación de la ley, es en los tratamientos donde realmente se producen considerables diferencias de criterio, justificadas unas veces por razones ‘de estilo’ y otras por motivos ideológicos. Así, el libro de estilo de El País afirma que “en las páginas del periódico se suprimirá todo tipo de tratamientos honoríficos (…) excepto en miembros de la familia real (sic)”, cuando se incluyan en “citas textuales o si la información gana con ellos especial énfasis o significado” y también en los tratamientos o cargos en los nombres de personajes de ficción, entidades (18), …

El manual de TVE es más restrictivo y sentencia que “en los programas informativos se designa a las personas por su nombre, sin título de cortesía, ni siquiera el don” (19). Aunque más adelante admite algunas excepciones, e indica que para los miembros del clero secular y regular –tengan o no el título eclesiástico– se debe mantener el tratamiento que la Iglesia disponga. Respecto a los dignatarios militares, civiles o eclesiásticos, “sus nombres pueden ir precedidos, aunque no siempre dentro de una misma información, por los títulos que les correspondan: excelentísimo, ilustrísimo, doctor…” (20). Es decir, que las restricciones aparentemente absolutas, no son tales.

El Mundo únicamente aconseja a sus periodistas que el tratamiento de ‘Don’ o ‘Doña’ sólo se debe utilizar para los miembros de la Familia Real (21). Esta misma norma es observada también por el resto de medios analizados. El libro de estilo de El Periódico de Catalunya opina del mismo modo: “No hay que consignar los tratamientos protocolarios (…) salvo que se trate de un artículo de opinión o de una cita textual”. Y matiza, curiosamente: “La única excepción es Don Juan (sic), para referirse al padre del rey Juan Carlos” (22).

Para ABC se suprimirán todos los tratamientos civiles, eclesiásticos o militares salvo aquellos “unánimemente aceptados” (23), e ilustra como ejemplo a “Su Santidad el Papa Juan Pablo II”, si bien este criterio resulta quizá algo ambiguo y deja en manos del periódico la decisión de lo que está o no “unánimemente aceptado”.

El Manual de la Agencia EFE –principal agencia de noticias del país– recomienda a sus periodistas que se supriman todo tipo de tratamientos menos aquellos que “constituyan parte integrante del personaje, tal y como es internacionalmente conocido” (24) como el caso de “Madre Teresa de Calcuta” o “Ayatolah Jomeini”. El Libro de estilo del grupo Vocento es aún más ambiguo: “se evitará su empleo en lo posible” (25)

El Libro de estilo de La Voz de Galicia no hace ninguna mención a los tratamientos de otras autoridades (civiles, militares, eclesiásticas) que no sean las que componen la Familia Real y el libro de Telemadrid ni siquiera se refiere a este apartado.

Familia Real española

Solamente El País y La Voz de Galicia aclaran quiénes componen la Familia Real. En este punto se produce incomprensiblemente una notable diferencia de criterio. Mientras que para El País “los miembros de la familia real son el Rey, la Reina, el príncipe de Asturias, las infantas y los padres y hermanas del Rey, pero no sus cuñados, primos o sobrinos” (26), para La Voz de Galicia se entiende por Familia Real “la línea de consanguinidad vertical (padres e hijos del monarca, así como su consorte) pero no hermanos, cuñados, etcétera» (27).

Conviene aclarar que se entiende por Familia Real a la compuesta por el Rey, la Reina, los hijos y los nietos; y por Familia del Rey, a la formada por sus hermanas, cuñados, primos y sobrinos. En el caso español, las Infantas Elena y Cristina han perdido su condición de miembros de la Familia Real y pasaron a ser familia del Rey, una vez que el heredero de la Corona, el Príncipe de Asturias, contrajo matrimonio con Dª. Letizia Ortiz el mes de mayo de 2004.

Una particularidad conceptual en la que reparan los libros de estilo de Abc, El País, TVE y la Agencia EFE es que debe tenerse cuidado al utilizar el término ‘monarcas’ como sinónimo de ‘Reyes’ ya que Monarca solo hay uno, que es quien ostenta la Jefatura del Estado. Cuando haya que referirse a la pareja compuesta por el Monarca (o la Monarca, en el caso de Inglaterra, por ejemplo) y su consorte se recomienda utilizar los términos ‘reyes’ o ‘soberanos’, pero no ‘monarcas’. Abc matiza aún más al asegurar que no debe calificarse incluso de ‘Reyes’ a la pareja compuesta por un monarca y su consorte, “cuando constitucionalmente este último no tenga el rango real” (como en el caso de Inglaterra) (28).

Respecto a la Familia Real, y en relación al uso del tratamiento de ‘Don’ existe cierta diferencia de criterios sobre si ese término debe iniciarse con ‘d’ mayúscula o minúscula. Para El País, sólo se deberá incluir el ‘don’ o ‘doña’ – y en minúscula – para sus componentes “siempre que se le cite por su nombre y sin tratamiento honorífico” (29). Para ABC, en cambio, “se reservará siempre el tratamiento de Don y Doña, con la inicial en mayúscula” (30) a todos los miembros de la Familia Real. Debido, probablemente, a su tradición monárquica, este diario también recomienda respetar los títulos nobiliarios y los tratamientos honoríficos en los actos oficiales a los que asistan o estén representados alguno de los miembros de la Familia Real y también para aquellos actos oficiales celebrados en España a los que asistan o estén representados miembros de otras Casas Reales o de la Nobleza extranjeras (31).

El libro de estilo del Grupo Vocento especifica que “los títulos de dignidad se escriben con minúscula salvo los del Rey, la Reina, el Príncipe y el Papa, siempre que no vayan seguidos de su nombre” (32). El Mundo y La Voz de Galicia no hacen ninguna apreciación al respecto, aunque en el caso del segundo, deducimos por los ejemplos, que prefiere el uso de la mayúscula.

Los manuales de TVE y de la Agencia EFE constituyen dos excepciones curiosas. Televisión Española hace una distinción en el uso de este tratamiento – a nuestro juicio excesiva – y aconseja que se escriba la inicial en mayúscula cuando se anteponga al nombre de pila de los Reyes, y en minúscula cuando anteceda al Príncipe y a las Infantas, tíos y primos hermanos del Rey. En el caso de la Agencia EFE, se recomienda la utilización del ‘don’ –sin especificar si en mayúscula o minúscula– cuando se utilicen sus nombres (los de la Familia Real) sin anteponer sus títulos “o, en el caso del Rey, cuando no se especifique el ordinal dinástico correspondiente” (33). Al tratarse de una agencia de noticias cuyas informaciones son enviadas a otros medios de comunicación extranjeros, la Agencia EFE aconseja que, cuando se distribuya un hilo informativo a otros países, donde pueda resultar extraño el uso de este tratamiento, habrá que referirse a los miembros de la Familia Real española anteponiendo siempre su título o, si se trata del Rey, el ordinal dinástico que le corresponda (34).

Todos los libros desaconsejan la acumulación de títulos salvo que, con ellos, la información gane en interés, sea una cita textual o se busque conferir cierta solemnidad.

Conclusiones

Como conclusiones de este análisis de contenido podemos extraer las siguientes:

  1. La información que los libros de estilo de los medios de comunicación analizados ofrecen sobre protocolo es errónea en algunos aspectos, imprecisa en varios y escasa en todos.
  2. El Real Decreto que se publica en algunos libros de estilo no está actualizado y aún recoge la figura del Jefe de Protocolo del Estado y, lo que aún es más importante, mantiene en el puesto primigenio al Presidente del Consejo de Gobierno para aquellos actos generales de carácter oficial que se celebran en su comunidad; es decir, por detrás de los vicepresidentes de Gobierno, haciendo caso omiso a la resolución del Tribunal Constitucional que les sitúa por delante.
  3. Ninguno de los libros de estilo recoge con exactitud quién compone la Familia Real y la familia del Rey.
  4. Solamente el manual de TVE incluye la estructura de la visita de un Jefe de Estado y de Gobierno a nuestro país y de forma muy genérica (suprimiendo diferentes momentos en el desarrollo); incluye más autoridades donde son menos (dos secretarios de Estado en la recepción, cuando solamente debe acudir el que guarda relación con el país cuyo jefe de Estado visita España); omite otras autoridades que sí están implicadas en el desarrollo del acto, concretamente el Ministro de Asuntos Exteriores – en la visita del Jefe de Estado – y el embajador de España en el país del Jefe de Gobierno que visita España.
  5. Todos los libros de estilo coinciden en que se debe suprimir, salvo en las excepciones recogidas y por motivos de ‘noticiabilidad’, los tratamientos y evitar siempre que sea posible su acumulación.
  6. Todos los manuales recomiendan anteponer el tratamiento de ‘don’ o ‘doña’ al referirse a los miembros de la Familia Real cuando se les refiera por su nombre de pila, pero existe una absoluta disparidad de criterios sobre si la primera letra debe ir en mayúscula o en minúscula.
  7. Las características técnicas del medio – en el caso de la Agencia EFE – o la ideología – en el de ABC – pueden condicionar el uso de los tratamientos.

Propuesta formal de unificación de criterios

A continuación se recogen algunas pautas que creemos que deberían ser observadas por los medios de comunicación para evitar confusiones y errores comunes que redundan siempre en la fiabilidad de la información y en el tratamiento profesional de las noticias.

a. Conceptos y expresiones

Protocolo

Deberá entenderse como “técnica de organización de actos”. Por tanto, habrá que evitar el uso de expresiones del tipo “protocolo estricto”, “protocolo flexible”, ya que se incurriría en una contradicción en los términos. Puede ser estricta o flexible la filosofía del acto, pero en ningún caso la técnica que se utilice para aplicarla.

Debemos matizar que el protocolo, como técnica de organización de actos, no determina cómo se deben utilizar los cubiertos, cuál es la forma más apropiada para saludar, o si es más o menos aceptable asistir a un cocktail vistiendo unos vaqueros o unas zapatillas deportivas. Eso es algo que determinan las normas esenciales de educación y, en última instancia, el sentido común. Por ello, creemos oportuno recomendar que se desligue por completo al protocolo de este tipo de comportamientos, sobre los que esta técnica nada establece.

 

‘Saltarse el protocolo’

Esta expresión solo se puede utilizar, si se quiere ser rigurosos en el tratamiento de la información, cuando se haya tenido acceso al dossier de protocolo del evento (hecho que no se produce prácticamente en ninguna situación – no nos referimos, obviamente, a posibles filtraciones-) y que no es lo mismo que el ‘dossier de prensa’, en el que se pueden encontrar algunos detalles de protocolo, pero raramente el desarrollo completo –muchas veces por motivos de seguridad -.

 

‘Ausencia de protocolo’

Igual que en el caso anterior, resulta muy aventurado asegurar que en un acto no ha existido protocolo salvo que se sepa con certeza que nadie ha reparado en nada relacionado con el ceremonial, por sencillo que sea. Debe recordarse en este sentido que, a menudo, el buen protocolo es el que no se nota.

 

Familia Real y familia del Rey

Se recuerda que se entiende por Familia Real a la compuesta por el Rey, la Reina, los hijos y los nietos; y por familia del Rey, a la formada por sus hermanas, cuñados, primos y sobrinos.

En el caso español, como ya se ha indicado, las Infantas Elena y Cristina perdieron su condición de miembros de la Familia Real y pasaron a ser familia del Rey, cuando el heredero de la Corona, el Príncipe de Asturias, contrajo matrimonio con Dª. Letizia.

b. Real Decreto

Se recomienda a los medios de comunicación la actualización del Real Decreto 2099/83, observando la desaparición de la figura del Jefe de Protocolo del Estado y, sobre todo, de la situación del Presidente del Consejo de Gobierno – Presidente de la Comunidad – por delante de los vicepresidentes de Gobierno para aquellos actos oficiales de carácter general que tengan lugar en el territorio de su comunidad autónoma.

Los medios de comunicación deben conocer que, al igual que ocurre con los Ministerios (Real Decreto 101/2000 de 27 de abril) todas las corporaciones e instituciones mencionadas en el Real Decreto tiene una disposición protocolaria interna, que ha sido aprobada por Real Decreto y publicada en diferentes Boletines Oficiales del Estado.

c. Visitas de Jefe de Estado y de Gobierno

Se aconseja a aquellos medios de comunicación que decidan incluir en su libro de estilo la estructura de la visita de un jefe de Estado o de Gobierno a España que, ya que se trata de un modelo fijo y resulta de por sí un elemento noticioso (de cuyo desarrollo se informa a menudo en los medios), recojan de forma completa los diferentes momentos de la visita, desde el punto de vista protocolario. En este caso, o si prefiere hacer mención solamente a aquellos momentos que puedan resultar más interesantes desde un punto de vista informativo, se recomienda que presten especial atención a la asignación de los cargos y en la relación de las autoridades que se dan cita en este tipo de ceremoniales.

d. Tratamientos

Puesto que todos los medios de comunicación analizados coinciden en conferir a los miembros de la Familia Real el tratamiento de ‘don o ‘doña’, no nos parece relevante desde el punto de vista protocolario que este término se inicie con mayúscula o minúscula, dejando esta decisión a la libre determinación del medio con arreglo a los criterios que crea oportunos.

Por otra parte, entendemos que la propia actividad periodística marca unas normas en la redacción con el objeto de atraer la atención de la audiencia y de hacer las informaciones más atractivas, por lo que nos resulta de todo punto comprensible que se suprima el resto de tratamientos y que se evite la acumulación de los mismos, sin que ello conlleve incurrir en ningún error de carácter protocolario. (35)

Bibliografía

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EL PERIÓDICO DE CATALUNYA, Libro de estilo de El Periódico de Catalunya, Ed. Primera Plana, Barcelona, 2002

KIRPPENDORFF, Klaus, Metodología de análisis de contenido, Paidós Comunicación, Barcelona, 1990

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TELEMADRID, Libro de Estilo de Telemadrid, Volumen I, Ed. Telemadrid, Madrid, 1993

MARTÍNEZ DE SOUSA, José, Libro de Estilo Vocento, Ed. Trea, Gijón 2003

MENDIETA, Salvador, Manual de estilo de TVE, Ed. Labor, Madrid, 1993

Real Decreto 758/96, de 5 de mayo

Real Decreto 101/2000 de 27 de abril

WOLF, Mauro, La investigación en la comunicación de masas. Crítica y perspectivas, Paidós, Barcelona, 1987

Referencias Bibliográficas

  1. BOE de 4 de agosto 1983
  2. EL PAÍS, Libro de estilo, El País, Madrid, 2002, 16ª ed., p.80
  3. La importancia y el interés son los dos factores sobre los que se articulan los criterios sustantivos de noticiabilidad (WOLF, Mauro, La investigación de la comunicación de masas, Paidós, Barcelona, 1987, pp 228-230), Una de las cuatro variantes, que incide directamente en el protocolo es el “grado y nivel jerárquico de los sujetos implicados en el acontecimiento noticiable” (p. 228) en cualquier tipo de instituciones con cierto peso social. La mayor parte de los actos protocolarios difundidos por los medios tienen como protagonistas a personas de “élite”, conocidas socialmente por diversas circunstancias. Por otra parte, tal y como señala Gans –citado por Wolf, p. 229– “la jerarquía gubernativa“(que tiene su plasmación más evidente en el protocolo) es visible y está establemente definida en orden a autoridad, lo que facilita a los periodistas efectuar las valoraciones de importancia”.
  4. cit. p 80
  5. MENDIETA, Salvador, Manual de estilo de TVE, Ed. Labor, Madrid, 1993, pp.112-3
  6. cit. p. 113
  7. 7 op. cit. p. 112
  8. Libro de Estilo de Telemadrid, Volumen I, Ed. Telemadrid, Madrid, 1993, p.439
  9. cit. p. 80
  10. EL PAÍS, Libro de Estilo, El País, Madrid, 1996, 13ª ed. p. 96
  11. EL PAÍS, Libro de estilo, El País, Madrid 1996, 16ª ed, p. 96 y Libro de Estilo de Telemadrid, p. 113
  12. cit. p. 96
  13. cit. p. 97
  14. cit. p. 113
  15. cit. p. 97
  16. cit. p. 97
  17. cit. p. 97
  18. EL PAIS, Libro de Estilo, El País, Madrid, 2002, 16ª ed, p. 77
  19. cit. p. 108
  20. cit. p. 109
  21. EL MUNDO, Libro de Estilo, Unidad Editorial, Madrid, 1996, p
  22. EL PERIODICO DE CATALUNYA, Libro de Estilo de El Periódico de Catalunya, Ed Primera Plana, Barcelona, 2002, p. 325
  23. ABC, Libro de estilo de ABC, Ed. Ariel, Madrid, 2001 2ª ed., p.170
  24. AGENCIA EFE, Normas básicas para los servicios informativos, Agencia EFE, Madrid, 1988, pp. 136, p.35
  25. MARTÍNEZ DE SOUSA, José, Libro de Estilo Vocento, Ed. Trea, Gijón, 2003, p. 153. Este manual incluye un amplio anexo (pp. 561-3) referido a los tratamientos de personalidades públicas, eclesiásticas, universitarias y militares.
  26. cit. p. 78
  27. LA VOZ DE GALICIA, Manual de Estilo, Biblioteca Gallega, La Coruña, 1992, p. 4
  28. Cit. p. 171
  29. cit. p. 78
  30. cit. p. 170
  31. cit. p. 171
  32. cit. p. 147
  33. cit. p. 136
  34. cit. p. 136
  35. En cualquier caso, recordamos que el Real Decreto 1368/1987 de 6 de noviembre que regula los títulos, tratamientos y honores de la Familia Real y de los regentes fue publicado en el Boletín Oficial del Estado del 12 de diciembre de 1987.